EMC Calpe se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://tienda.suministrosmayor.com/ excluyendo los contenidos publicados que proceden de otros dominios.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
- Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018
- En algunos elementos, puede existir falta de contenido no textual (requisito número 9.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549-2022 contenido no textual).
- En algunos elementos, puede existir falta de información o relaciones existentes (requisito número 9.1.3.1 de la norma UNE-EN 301549-2022 información y relaciones).
- En algunas páginas, puede que los elementos con anchos absolutos oculten información al redimensionarse la página o tamaño de fuente del texto (requisito número 9.1.4.4 de la norma UNE-EN 301549-2022 reajuste de texto).
- En algunos elementos, puede existir una secuencia de encabezados incorrecta (requisito número 9.2.4.1 de la norma UNE-EN 301549-2022 evitar bloques).
- En algunos elementos, puede existir falta de contenido en los enlaces o que se encuentren con el mismo texto y destinos diferentes (requisito número 9.2.4.4 de la norma UNE-EN 301549-2022 propósito de los enlaces)
- Puede que el contenido de algunos encabezados y etiquetas no sea el adecuado. (requisito número 9.2.4.6 de la norma UNE-EN 301549-2022 Encabezados y etiquetas)
- Es posible que en algunos casos, no se proporcionen etiquetas o instrucciones para indicar su funcionalidad (requisito número 9.3.3.2 de la norma UNE-EN 301549-2022 Etiquetas o instrucciones)
- Es posible que en algunos casos, se encuentren controles de formulario sin etiquetar (requisito número 9.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549-2022 Nombre, función, valor)
- Carga desproporcionada
- No aplica
Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el 25 de Julio de 2023.
Última actualización de la declaración: 25 de Julio de 2023. El método empleado para actualizar la declaración ha sido una evaluación llevada a cabo por el propio organismo.
OBSERVACIONES Y DATOS DE CONTACTO
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como por ejemplo:
- informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
- transmitir otras dificultades de acceso al contenido
- formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web
a través del formulario de contacto de este sitio web.
Puede presentar:
Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018 o
Solicitud de Información accesible relativa a:
- Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
- Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Las quejas y reclamaciones sobre información accesible se realizarán a través de la sede electrónica, y serán recibidas y tratadas por el área de Sistemas de la Información de Red.es.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital , así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Inspección de Servicios del Ministerio.
CONTENIDO OPCIONAL
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